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Course

123

Subject

Law

Date

Nov 24, 2024

Type

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Pages

18

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Report
Universidad Autónoma de Baja California Facultad de Contaduría y Administración Tijuana, Baja California Materia: Normas Particulares Alumno: Preciado Zamudio Marcial Matrícula: 1280524 Grupo:554 Docente: García Hernández Lilia Patricia Actividad Cuestionario NIF C-8 Tijuana, B.C. Fecha 15-11-23
NIF C-8 1. Nombre de la NIF C 8 Activos Intangibles 2. Consiste en establecer las normas de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de los activos intangibles. Objetivo de la NIF C-8 3. Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todo tipo de entidades que emitan estados financieros en los términos establecidos en la NIF A 3 Alcance de la NIF C-8 4. Es a lo que NO se aplica la NIF C 8 a) activos intangibles conservados por una entidad para su venta en el curso normal de sus operaciones y que califican como inventarios,incluyendo aquéllos relacionados con contratos de construcción; b) activos por impuestos diferidos; c) activos por arrendamientos; d) activos provenientes de beneficios a empleados; e) activos financieros tratados en las normas relativas a instrumentos financieros y algunos cubiertos por las NIF relativas a consolidación, inversiones en asociadas y negocios conjuntos; f) el tratamiento del crédito mercantil en la parte cubierta por la NIF B-7, Adquisiciones de negocios; g) costos de adquisición diferidos y otros activos intangibles provenientes de contratos de seguros; h) activos intangibles no monetarios disponibles para su venta tratados en la normatividad de disposición de activos de larga duración; i) pagos anticipados. 5. Estos son algunos tipos de intangibles en los que debe aplicarse el juicio profesional. a) aquellos activos intangibles que están contenidos físicamente, por ejemplo, en: un disco compacto (en el caso de software para equipo de
cómputo), documentación legal (en el caso de una licencia o patente), una película u otros semejantes; b) investigación y desarrollo en los que se involucran, entre otros, gastos de publicidad, entrenamiento, costos de arranque y actividades de investigación y desarrollo, que van dirigidas al desarrollo de conocimiento. Ejemplo, el desarrollo de un prototipo que pudiera tener un componente físico pero el cual es secundario al conocimiento que éste implica, es decir, el intangible; o c) acuerdos que otorgan a la entidad derechos y licencias sobre películas, grabaciones de video, manuscritos, videojuegos, patentes, derechos de autor, entre otros 6. Estos son algunos términos que se utilizan en la NIF C 8 a) activo de larga duración, b) activo identificable, c) activo intangible, d) activo intangible con vida indefinida, e) activos netos adquiridos, f) adquirente, g) adquirido, h) adquisición, i) adquisición de negocios 7. Estas son las dos características principales de los activos intangibles. a) representan costos que se incurren o derechos o privilegios que se adquieren, con la intención de que aporten beneficios económicos específicos a las operaciones de la entidad durante periodos que se extienden más allá de aquel en que fueron incurridos o adquiridos. Los beneficios que aportan son en el sentido de permitir que esas operaciones reduzcan costos o aumenten los ingresos futuros; y b) Los beneficios futuros que la entidad espera obtener se encuentran frecuentemente representados, en el presente, en forma intangible mediante un bien de naturaleza incorpórea, es decir, que no tiene una estructura material ni aportan una contribución física a la producción u operación de la entidad. El hecho de que carezcan de características físicas, no impide que se les pueda considerar como activos válidos, ya
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que su característica de activos se las da su significado económico, más que su existencia material específica. 8. Estos son los elementos distintivos en la definición de un activo intangible. a) debe ser identificable, b) debe carecer de sustancia física, c) debe proporcionar beneficios económicos futuros fundadamente esperados, y d) debe tenerse control sobre dichos beneficios 9. Son las dos formas en que un activo intangible es identificable. a) es separable; es decir, puede separarse o dividirse por la entidad para venderse, transferirse, licenciarse, rentarse o intercambiarse, tanto individualmente o junto con un contrato relativo a otro activo o pasivo identificable, sin considerar si la entidad tiene dicha intención; o b) surge de derechos contractuales o legales, sin considerar si dichos derechos son transferibles o separables de la entidad o de otros derechos y obligaciones 10. Es la que significa que el activo intangible puede ser separado de los activos adquiridos o generados internamente. La condición de separabilidad significa que el activo intangible puede ser separado de los activos adquiridos o generados internamente y ser vendido, transferido, licenciado, rentado o intercambiado en el mercado, ya sea individualmente o en relación con un contrato sobre otro activo o pasivo identificado, aun cuando el adquirente no pretenda llevar a cabo alguna de las acciones anteriores. 11. Es cuando un activo intangible posee la condición de separabilidad. Un activo intangible posee la condición de separabilidad cuando este tipo de activo puede intercambiarse en el mercado, aun cuando no se den transacciones frecuentes al respecto, tal como una patente que puede ser
licenciada. Una lista de clientes puede ser separable si puede ser rentada a un tercero para que envíe publicidad, cuando listas similares son frecuentemente rentadas en el mercado. 12. Es cuando un activo intangible debe reconocerse por separado aun cuando no posea la condición de separabilidad. Un activo intangible que posee la condición de propiedad legal o contractual debe reconocerse por separado aun cuando no posea la condición de separabilidad, pues la condición de propiedad legal o contractual le da un valor individual, tal como en los casos en que lo que se adquiere, en forma individual o a través de una adquisición de negocios, proviene de: a) un contrato de arrendamiento en un centro comercial en términos muy favorables en relación con el mercado, cuya afluencia se ha incrementado significativamente, lo que hace que dicho contrato tenga un valor adicional; b) licencias de operación, tales como concesiones, permisos o derechos; y c) patentes licenciadas a terceros. 13. Es aquel activo que puede reconocerse junto con el contrato de uso de otro activo intangible. Un activo intangible no separable puede reconocerse junto con el contrato de uso de otro activo intangible 14. Son los que pueden estar presentes en los ingresos sobre la venta de los productos o prestación de servicios, ahorros en costos u otros beneficios resultantes del uso del activo por la entidad, tal como un incremento en la productividad. Los beneficios económicos futuros fundadamente esperados que fluyan de un activo intangible pueden estar presentes en los ingresos sobre la venta de los productos o prestación de servicios, ahorros en costos u otros beneficios resultantes del uso del activo por la entidad, tal como un incremento en la productividad.
15. Es cuando una entidad controla un activo si tiene el poder para obtener beneficios económicos futuros que fluyan del activo. Una entidad controla un activo si tiene el poder para obtener beneficios económicos futuros que fluyan del activo y, además, puede restringir el acceso a otros sobre dichos beneficios. La capacidad de una entidad para controlar los beneficios económicos futuros de un activo intangible normalmente proviene de derechos legales. 16. Son los que pueden dar origen a beneficios económicos futuros. Los conocimientos del mercado y los conocimientos técnicos pueden dar origen a beneficios económicos futuros. 17. Son los que no están comprendidos dentro de la definición de un activo intangible. La administración y el talento técnico no están comprendidos dentro de la definición de un activo intangible, debido a que la entidad tiene control insuficiente sobre los beneficios económicos futuros esperados que pudieran originar 18. Son las normas que establecen que el reconocimiento de una partida como un activo intangible requiere que una entidad demuestre que la partida cumple con la definición de activo intangible. Normas de Valuación 19. Son aquellos activos que deben cumplir con los criterios de reconocimiento listados en el párrafo 21. Los activos intangibles adquiridos en forma individual deben cumplir con los criterios de reconocimiento listados en el párrafo 21. 20. Es lo que debe comprender el costo de adquisición de un activo intangible a) su precio de compra, incluyendo derechos de importación e impuestos sin posibilidad de reembolso. Cualquier descuento comercial y/o rebaja deben deducirse, y
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b) cualquier desembolso directamente atribuible a la preparación del activo para el uso al que se destina. 21. Es lo que incluye el desembolso directamente atribuible. a) el costo de beneficios a empleados, como se definen en la NIF D-3, Beneficios a los empleados, erogados directamente para traer el activo a sus condiciones de uso, b) los honorarios profesionales erogados directamente para traer el activo a sus condiciones de uso, y c) los costos de pruebas o verificación sobre el funcionamiento apropiado del activo. 22. Es lo que no forma parte del costo de adquisición. a) los costos para introducir al mercado un nuevo producto o servicio (incluyendo costos por actividades de mercadeo y promoción), b) los costos sobre conducción de negocios en una nueva localidad o con una nueva clase de clientes (incluyendo costos de entrenamiento), y c) los costos de administración y otros costos de supervisión generales, excepto los mencionados en el inciso a) del párrafo 24. 23. Es el que debe cesar cuando el activo se encuentre en la condición necesaria para que sea capaz de operar en la forma prevista por la administración. El reconocimiento de costos en el valor en libros de un activo intangible debe cesar cuando el activo se encuentre en la condición necesaria para que sea capaz de operar en la forma prevista por la administración. 24. Estos son los costos que no deben incluirse en la valuación de un activo intangible. a) costos incurridos mientras el activo aún no ha comenzado a utilizarse, a pesar de que dicho activo ya sea capaz de operar en la forma prevista por la administración; y
b) pérdidas operativas iniciales incurridas mientras se desarrolla la demanda de los productos que se elaboran con el activo. 25. Esta es una de las formas en que una transacción tiene sustancia económica. a) la conformación (riesgo, periodicidad y monto) de los flujos de efectivo del activo recibido difiere de la conformación de los flujos de efectivo del activo transferido; b) el valor específico de la entidad se modifica como consecuencia del intercambio; y c) La diferencia identificada en a) o el monto modificado determinado en b) es significativa en comparación con el valor razonable de los activos transferidos. 26. Es el que debe determinarse en función a su valor razonable en la fecha de adquisición. Si un activo intangible se adquiere a cambio de instrumentos de capital emitidos por la entidad adquirente, el costo del activo debe equivaler al valor razonable de los instrumentos de capital 27. Es cuando un activo intangible puede ser adquirido del gobierno sin costo alguno. En algunos casos, un activo intangible puede ser adquirido del gobierno sin costo alguno. Esto puede ocurrir cuando un gobierno transfiere o asigna a una entidad activos intangibles como derechos de aterrizaje en aeropuertos, derechos de usufructo de vías de comunicación y transporte, licencias para operar estaciones de radio o televisión, licencias de importación, concesiones sobre fundos mineros, derechos para explotar montes madereros o derechos para acceder a otros recursos restringidos a terceros. 28. Son las que no deben reconocerse como un activo intangible y sólo deben revelarse. Las concesiones gubernamentales sin costo para la entidad no deben reconocerse como un activo intangible y sólo deben revelarse.
29. Es el que no debe reconocerse como un activo, dado que es un activo cuyo beneficio económico futuro no puede ser controlado por la entidad y su costo no puede ser valuado confiablemente. El crédito mercantil generado internamente no debe reconocerse como un activo, dado que es un activo cuyo beneficio económico futuro no puede ser controlado por la entidad y su costo no puede ser valuado confiablemente. 30. Es lo que se requiere para evaluar si un activo intangible internamente califica para su reconocimiento. a) identificar la existencia de un activo intangible; b) identificar el punto en el tiempo en el cual generará probables beneficios económicos futuros; y c) determinar el costo del activo confiablemente. En algunos casos, el costo de generar un activo intangible identificable no puede distinguirse del costo de mantener o incrementar el valor generado internamente de la entidad contra el de las operaciones primarias o normales de la misma. Por tanto, además de cumplir con los requisitos para la valuación inicial de un activo intangible, la entidad debe aplicar las condiciones y guías establecidas en los párrafos 51 a 71, para todos los activos generados de forma interna. 31. Son las fases que se requieren para determinar si un activo intangible generado internamente cumple con los criterios para su Reconocimiento. a) la fase de investigación; y b) la fase de desarrollo. 32. Son los costos que deben comprender todos los que sean directamente atribuibles a la actividad de investigación o que puedan ser asignados a dicha actividad sobre una base confiable. Los costos de investigación (o en la fase de investigación de un proyecto) deben reconocerse como un gasto en el periodo en que son devengados. Esto se debe a que la naturaleza de la investigación es tal que no hay certeza suficiente de
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que se obtendrán beneficios económicos futuros, como resultado de los desembolsos efectuados durante la fase de investigación. 33. Es lo que incluyen los costos de investigación. a) los relacionados con el empleo de personal interno y externo dedicado a la actividad de investigación; b) los costos de materiales consumidos y servicios recibidos en la actividad de investigación; c) el costo de los equipos e instalaciones que no tengan otro uso alternativo más que en la investigación específica a que están destinados (netos de su valor residual) y la depreciación de propiedades, planta y equipo al grado en que estos activos sean usados para la actividad de investigación; d) costos indirectos, distintos a los costos administrativos en general, relacionados con la actividad de investigación (estos costos se asignan sobre bases similares a las usadas para asignar costos por gastos indirectos a los inventarios); y e) Otros costos, como la amortización de patentes y licencias al grado en que estos activos sean usados para la actividad de investigación. 34. Es lo que incluyen los costos de la fase de desarrollo. a) técnicamente, es factible completar la producción del activo intangible de manera que esté disponible para su uso o venta; b) la entidad tiene la intención y habilidad para producir y vender o usar el activo intangible; c) es factible identificar cómo el activo intangible generará beneficios económicos futuros; d) existe un mercado para la producción o proceso (si ha de ser usado internamente y no vendido), o su utilidad para la entidad debe demostrarse;
e) existen recursos adecuados técnicos, financieros o de otro tipo, disponibles para completar el desarrollo y para utilizar o vender el activo intangible; y f) el activo intangible está claramente definido y el costo atribuible al producto o proceso puede ser identificado por separado y valuado confiablemente durante su desarrollo. 35. Es lo que no se consideran como componentes del costo de un activo intangible desarrollado, y deben reconocerse en la utilidad o pérdida neta del ejercicio. a) gastos generales tales como de administración y de ventas; b) ineficiencias claramente identificadas y pérdidas iniciales en la operación incurridas antes de que un activo alcance su desempeño planeado; y c) costo de entrenamiento de personal y de puesta en marcha o implementación para operar un activo. 36. Es el que debe reconocerse como un gasto cuando se incurra en él. El desembolso en una partida intangible debe reconocerse como un gasto cuando se incurra en él 37. Es el reconocimiento donde el activo intangible identificable debe reconocerse a su costo de adquisición menos la amortización acumulada. Después de la valuación inicial del costo de adquisición, el activo intangible identificable debe reconocerse a su costo de adquisición menos la amortización acumulada, cuando proceda, y/o las pérdidas por deterioro acumuladas, que les hayan afectado. 38. Es aquel que después de su compra o desarrollo, debe reconocerse como un gasto cuando se incurra en él. El desembolso posterior en un activo intangible, después de su compra o desarrollo, debe reconocerse como un gasto cuando se incurra en él, 39. Es la que debe asignarse sobre una base sistemática durante su vida útil estimada, salvo que tenga vida indefinida.
El monto amortizable de un activo intangible debe asignarse sobre una base sistemática durante su vida útil estimada, salvo que tenga vida indefinida 40. Es lo que se debe considerar para estimar la vida útil de un activo intangible. a) el uso esperado del activo por parte de la entidad, independientemente de si el activo puede ser usado por otra administración; b) los ciclos de vida típicos del producto, incluyendo información pública disponible sobre estimaciones de vida útil para activos parecidos que tengan una utilización similar; c) obsolescencia técnica, tecnológica o de otro tipo; d) la estabilidad de la industria en la que opera o vaya a operar el activo y cambios en la demanda en el mercado para los productos o servicios resultantes del mismo; e) acciones esperadas de los competidores actuales o potenciales; f) el nivel de costo por mantenimiento requerido para obtener los beneficios económicos futuros esperados del activo y la capacidad de la entidad para mantener ese nivel; g) el periodo de control sobre el activo, incluyendo los límites, ya sean legales o de otro tipo, impuestos sobre el uso del activo, tales como fechas de caducidad de los arrendamientos relacionados con él, y/o h) que la vida útil del activo depende de la vida útil de otros activos de la entidad 41. Son los activos que no se amortizan y su valor debe sujetarse a las disposiciones normativas sobre pruebas de deterioro. Los activos intangibles considerados con una vida útil indefinida no se amortizan y su valor debe sujetarse a las disposiciones normativas sobre pruebas de deterioro.
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42. Es el que debe reflejar el patrón con base en el cual se espera que la entidad consuma los beneficios económicos futuros del activo. El método de amortización usado debe reflejar el patrón con base en el cual se espera que la entidad consuma los beneficios económicos futuros del activo. 43. Es el que debe seleccionarse con base en el patrón esperado de consumo de los beneficios económicos futuros del activo. El método de amortización utilizado para un activo debe seleccionarse con base en el patrón esperado de consumo de los beneficios económicos futuros del activo y debe aplicarse en forma consistente de periodo a periodo, a menos que haya un cambio en el patrón esperado del consumo de los beneficios económicos futuros que se derivarán de dicho activo. 44. El valor residual de un activo intangible con una vida útil definida es como debe considerarse. El valor residual de un activo intangible con una vida útil definida debe considerarse igual a cero, a menos que: a) exista un compromiso por un tercero, con una contraprestación pactada, para adquirir el activo al término de su vida útil; o b) haya un mercado activo para el activo 45. Es la que debe determinarse después de deducir su valor residual un valor residual distinto a cero. El monto amortizable de un activo intangible debe determinarse deduciendo del costo de adquisición su valor residual; un valor residual distinto a cero implica que una entidad espera disponer del activo intangible al término de su vida útil 46. Es la que debe basarse en el monto recuperable por disposición, utilizando los precios existentes a la fecha de estimación. La estimación del valor residual de un activo debe basarse en el monto recuperable por disposición, utilizando los precios existentes a la fecha de la estimación por la venta de un activo similar que haya alcanzado el término de su vida útil y ha operado en condiciones similares a aquellas en las cuales se estima que el activo será utilizado.
47. Es el que debe revisarse al término de cada periodo anual y podría incrementarse hasta un monto igual o mayor que el valor neto en libros. El valor residual debe revisarse al término de cada periodo anual. 48. Son los que deben revisarse periódicamente. Si la vida útil esperada del activo es diferente en forma significativa de las estimaciones previas. El periodo y el método de amortización deben revisarse periódicamente. 49. Es el que no debe amortizarse; sin embargo, por considerarse un activo intangible con vida indefinida, debe sujetarse a las pruebas de deterioro. El crédito mercantil de un negocio adquirido no debe amortizarse 50. Es el nivel apropiado de control e información interna de rendimiento de la inversión atribuible a un segmento operativo o un nivel inferior al mismo. Una unidad a informar es el nivel apropiado de control e información interna de rendimiento de la inversión atribuible a un segmento operativo o un nivel inferior al mismo (denominado este nivel inferior como componente) siempre y cuando éste constituya un negocio. 51. Son las condiciones que deben reunir los activos identificables y los pasivos asignados. a) ser utilizados en, o estar relacionados con las operaciones de una unidad a informar; y, b) deben ser considerados en la determinación del valor razonable de la unidad a informar. 52. Son aquellas que se clasifican en venta, abandono e intercambio. Las disposiciones de activos intangibles se clasifican en venta, abandono e intercambio. 53. Son las formas en que los activos intangibles deben ser eliminados del estado de posición financiera. a) se dispongan por venta o intercambio o
b) ya no se espera obtener beneficios económicos futuros de ellos por su utilización o disposición por abandono 54. Son las normas que establecen que los activos intangibles deben presentarse en el estado de posición financiera como activos no circulantes, deducidos de su amortización y pérdida por deterioro. Normas de Presentación 55. Es el que debe presentarse en el estado de resultado integral como parte de las operaciones ordinarias, en el costo de ventas y/o en gastos generales. El cargo por amortización debe presentarse en el estado de resultado integral como parte de las operaciones ordinarias, en el costo de ventas y/o en gastos generales, según corresponda. 56. Son las normas que establecen que debe revelarse en notas a los estados financieros, por cada clase de activos intangibles. Normas de revelación 57. Es lo que debe revelarse en las notas a los estados financieros por cada clase de activos intangibles. Debe revelarse en notas a los estados financieros, por cada clase de activos intangibles, atendiendo lo señalado en el siguiente párrafo, y distinguiendo entre los generados internamente y los adquiridos tanto en forma individual como a través de adquisiciones de negocios, la siguiente información: a) una segregación de los activos intangibles con vida útil indefinida de los de vida definida; b) las vidas útiles o los porcentajes y métodos de amortización utilizados en activos intangibles con vida útil definida; c) el costo de adquisición, separando cualquier amortización y pérdidas por deterioro acumuladas, al inicio y al final del periodo; y
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d) el renglón o renglones del estado de resultado integral en donde se presenta cualquier amortización de activos intangibles 58. Es un grupo de activos de naturaleza y uso similares en las operaciones de la entidad. Ejemplos para identificar cada clase de activos intangibles segregables. a) nombres comerciales; b) títulos de libros, periódicos, revistas, manuscritos y otro material literario; c) programas, sistemas y aplicaciones de equipo de cómputo (software); d) licencias y franquicias; e) derechos de autor, patentes y otros derechos de propiedad industrial o derechos de explotación; f) recetas o fórmulas, modelos, diseños y prototipos; y g) activos intangibles en desarrollo. 59. Es lo que puede incluir cada clase de activos intangibles. a) para aquellos activos intangibles evaluados con vida útil indefinida, el valor neto en libros de dichos activos y las razones que justifiquen para considerarlo como de vida útil indefinida; b) en activos intangibles con vida definida (ver lista de factores incluida en el párrafo 80), los factores que han jugado un papel importante en la determinación de su vida útil, su valor neto en libros y el periodo estimado de amortización; c) de cualquier activo intangible que sea importante para los estados financieros de la entidad: una descripción del mismo, incluyendo su valor neto en libros; d) para aquellos activos adquiridos del gobierno mediante una concesión sin costo, debe revelarse su existencia, los aspectos relevantes de la concesión y los beneficios que otorga, así como las obligaciones que conlleva; e) la existencia y el valor neto en libros de aquellos intangibles que tengan alguna restricción, así como los valores netos en libros de los activos intangibles que sirven como garantía de deudas; f) el monto de los compromisos contractuales, si existieran, por la adquisición de activos intangibles; g) el monto devengado de gastos de investigación del periodo reconocido en el estado de resultado integral (ver los párrafos 56 y 64 para identificar los tipos de costos a ser incluidos en esta revelación); y
h) el monto del crédito mercantil procedente de cada adquisición y el monto asignado en cada unidad a informar 60. Es también la que debe revelar la naturaleza y efecto de los cambios contables en el reconocimiento de activos intangibles. a) el periodo de amortización o la evaluación de la vida útil; b) el método de amortización; o, c) los valores residuales. 61. Es la información que deben revelar las entidades públicas. a) el movimiento de los valores en libros del inicio al final del periodo, que muestre: i. el costo de adquisición de las adiciones efectuadas en el periodo; ii. las disposiciones de activos intangibles del periodo; así como, activos intangibles clasificados para su disposición en el periodo, incluyendo, de proceder, las operaciones discontinuadas, siguiendo la norma relativa; iii. las pérdidas y, en su caso, las reversiones por deterioro reconocidas en el periodo en el estado de resultado integral, si las hubiere, siguiendo la norma relativa; iv. cualquier amortización reconocida durante el periodo; v. diferencias en cambios netas procedentes de la conversión de estados financieros y de operaciones extranjeras a la moneda de informe; y vi.otros cambios habidos en el valor neto en libros durante el periodo; b) una descripción de los activos intangibles completamente amortizados que todavía se encuentran en uso; y, c) una breve descripción de los activos intangibles controlados por la entidad y que no se reconocen como tales por no cumplir con los criterios establecidos en esta NIF. 62. Es lo que deben revelar las entidades que tengan subsidiarias con participación no controladora. a) la adquisición de activos intangibles entre partes relacionadas; y, b) el método específico utilizado en su valuación
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